Artículo 713 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La caducidad de la instancia es de orden público, irrenunciable y no puede ser materia de convenios entre las partes; operará de pleno derecho y podrá declararse de oficio o a pedimento de parte legítima.
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Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.