Artículo 761 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Es competente para ejecutar una sentencia dictada en el extranjero, el Juez que lo sería para seguir el juicio en que se dictó conforme a las disposiciones de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.