Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 797 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si en el acta de la diligencia de embargo las personas de que habla el artículo anterior, manifestaren haber hecho anticipos de rentas o alquileres, deberán justificarlo en el acto, precisamente con los recibos del arrendador o alquilador.

Cualquier documento que se presente con posterioridad, será valorado por el Juez.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 797 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Si en el acta de la diligencia de embargo las personas de que habla el artículo anterior, manifestaren haber hecho anticipos de rentas o alquileres, deberán justificarlo en el acto, precisamente con los recibos del…

¿Está vigente el artículo 797?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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