Artículo 501 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las acciones de contradicción de paternidad o de investigación de ésta, serán ejercidas únicamente por las personas a quienes expresamente les concede la ley y dentro de los plazos establecidos por la misma.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.