Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 509 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La adopción se ajustará a lo establecido por los Códigos Sustantivo y Adjetivo Civil, así como las leyes que se dicten en la materia.

Corresponde al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia por conducto del Consejo Estatal de Adopciones, el procedimiento previo a la adopción.

(REFORMADO, P.O. 26 DE JULIO DE 2006)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 509 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit?

La adopción se ajustará a lo establecido por los Códigos Sustantivo y Adjetivo Civil, así como las leyes que se dicten en la materia. Corresponde al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia por conducto del…

¿Está vigente el artículo 509?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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