Artículo 1 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1.- En este código se regulan los juicios con sus formas esenciales que los órganos jurisdiccionales competentes del Estado utilizan para solucionar las controversias que se susciten en el orden civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.