Artículo 800 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Con excepción de los casos señalados en el artículo que sigue, el inventario se hará extrajudicialmente por memorias simples.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.