Artículo 971 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia se pronunciará de manera breve y concisa, en el mismo momento de la audiencia de ser así posible o dentro de los ocho días siguientes.
(ADICIONADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 1978)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.