Artículo 254 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 254.- La resolución que conceda la autorización para continuar la obra será apelable en el efecto devolutivo y en ambos efectos la en que se niegue.
(REFORMADO, P.O. 21 DE MARZO DE 2020)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.