Código Civil estatal

Artículo 450 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 450.- Contra los actos del ejecutor sólo procede el recurso de queja ante el juez, que se puede interponer verbalmente o por escrito, a no ser que la ley disponga otra cosa.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 450 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca?

Contra los actos del ejecutor sólo procede el recurso de queja ante el juez, que se puede interponer verbalmente o por escrito, a no ser que la ley disponga otra cosa.

¿Está vigente el artículo 450?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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