Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 942 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al presente Decreto.

P.O. 28 DE FEBRERO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0573.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 1140 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE MARZO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0577.- SE REFORMA (SIC) LOS ARTÍCULOS, 481.3 EN SU PÁRRAFO DÉCIMO TERCERO, Y 788 EN SU FRACCIÓN IV; Y ADICIONA A LOS ARTÍCULOS, 67 PÁRRAFO SEGUNDO, Y 268 BIS PÁRRAFO SEXTO, DE Y (SIC) AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE MARZO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0579.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 561, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 5 DE JULIO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0667.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 36; Y ADICIONA AL ARTÍCULO 35 UNA FRACCIÓN, DE Y AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.

P.O. 19 DE JULIO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0676.- SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LOS CÓDIGOS CIVIL, DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, FAMILIAR Y PENAL TODOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 723.- SE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 942 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí?

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