Artículo 1078 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1078.- El juez que ejecuta decidirá de plano cualquier cuestión que se suscite durante la subasta y en contra de sus resoluciones no se dará ningún recurso; salvo que la Ley disponga otra cosa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.