Código Civil estatal

Artículo 1153 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ART. 1153.- En todo lo no previsto y en cuanto no se opongan a lo ordenado por el presente capítulo, se aplicarán las reglas generales de este Código.

(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 26 DE ENERO DE 1990)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1153 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí?

ART. 1153.- En todo lo no previsto y en cuanto no se opongan a lo ordenado por el presente capítulo, se aplicarán las reglas generales de este Código. (ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 26 DE ENERO DE…

¿Está vigente el artículo 1153?

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