Artículo 376 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Contra las demás presunciones legales y contra las humanas es admisible la prueba.
CAPITULO VI.
De la Recepción Oral de las Pruebas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.