Artículo 574 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Juez ejecutor decidirá de plano toda cuestión que se suscite durante la subasta y de sus resoluciones no se dará más recurso que el de responsabilidad, a menos que la ley disponga otra cosa.
(REFORMADO, P.O. 21 DE JULIO DE 1995)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.