Artículo 721 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando la demanda se dirija contra los Jueces Menores, conocerá de ella el Juez de Primera Instancia de la jurisdicción.
El Supremo Tribunal conocerá en única instancia, de las demandas de responsabilidad que se promuevan contra los Jueces de Primera Instancia o los Menores de la Capital.
El Tribunal pleno conocerá, también en única instancia, de las demandas que se enderecen contra los Magistrados.
Las sentencias que se dicten en estos casos no tendrán recurso alguno.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.