Artículo 643 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 643. El compromiso será válido aunque no se fije el término del juicio arbitral y en este caso la misión de los árbitros durará cien días, si se tratare de juicio ordinario y sesenta días si el negocio fuere sumario. El plazo se contará desde que se acepta el nombramiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.