Artículo 125 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Clases de resoluciones judiciales Las resoluciones judiciales serán:
I.- Decretos, cuando sean simples determinaciones de trámite, que no impliquen impulso u ordenación del procedimiento ni impongan cargas o afecten oportunidades procesales;
II.- Autos, cuando decidan cualquier punto dentro del proceso, ordenando o impulsando el procedimiento o bien imponiendo cargas o afectando oportunidades procesales;
III.- Sentencias interlocutorias, cuando decidan un incidente promovido antes o después de dictada la sentencia definitiva; y IV.- Sentencias definitivas, cuando decidan el fondo de la controversia.
(F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.