Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 154 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Formas de preparar el proceso El proceso podrá prepararse:

I.- Pidiendo declaración bajo protesta, el que pretenda demandar, de aquél contra quien se propone entablar la demanda, acerca de un hecho relativo a su personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia;

II.- Pidiendo la exhibición del bien mueble que haya de ser objeto de la acción que se trate de ejercer;

III.- Pidiendo el legatario o cualquier otro que tenga derecho de elegir un bien o más bienes entre varios, su exhibición;

IV.- Pidiendo el que se crea heredero, coheredero o legatario, la exhibición de un testamento;

V.- Pidiendo el comprador al vendedor o el vendedor al comprador, en caso de evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refieran al bien vendido;

VI.- Pidiendo un socio o comunero, la presentación de los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad, al socio o condueño que las tenga en su poder; y VII.- Pidiendo la exhibición o compulsa de un protocolo o de cualquier otro documento archivado, la de cualquier documento que esté en poder de quien se va a demandar o de un tercero, o que se extienda certificación o informe por alguna autoridad respecto de algún hecho relativo al asunto de que se trate, o cualquier diligencia análoga.

(F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 154 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco?

Formas de preparar el proceso El proceso podrá prepararse: I.- Pidiendo declaración bajo protesta, el que pretenda demandar, de aquél contra quien se propone entablar la demanda, acerca de un hecho relativo a su…

¿Está vigente el artículo 154?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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