Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 444 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Pago y distribución del producto obtenido El pago y distribución del producto obtenido mediante la ejecución se hará de acuerdo con las reglas siguientes;

I.- Si es uno solo el acreedor embargante, el juzgador dispondrá el pago a su favor de lo que le corresponda por capital, intereses y costas. Para la integración de lo que corresponde al acreedor, se tomará en cuenta el precio de los bienes del deudor que le hayan sido adjudicados;

II.- Si fuere uno solo el ejecutante y procediere la adjudicación de la finca hipotecada u otros bienes embargados por haberse renunciado legalmente a la subasta, o por otras causas, para el pago se tomará en cuenta el precio en que se hubiere hecho la adjudicación, descontándose los gastos de ejecución y gravámenes o créditos que hayan quedado reconocidos;

III.- Si hubiere varios embargantes, o intervinieren otros acreedores, el juzgador distribuirá la suma obtenida ajustándose a las reglas de prelación; y IV.- El sobrante de la suma obtenida se entregará al deudor o al que demuestre tener derecho para ello.

(F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 444 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 444 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco?

Pago y distribución del producto obtenido El pago y distribución del producto obtenido mediante la ejecución se hará de acuerdo con las reglas siguientes; I.- Si es uno solo el acreedor embargante, el juzgador dispondrá…

¿Está vigente el artículo 444?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.