Artículo 212 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 212.- Efectos de la presentación de la demanda Los efectos de la presentación de la demanda serán los siguientes:
I.- Señalar el principio de la instancia;
II.- Determinar el valor de las prestaciones exigidas, cuando no pueda referirse a otro tiempo;
III.- Establecer el momento procesal con base en el cual se deberá determinar la competencia del tribunal, bajo los criterios que se señalan en el Título Tercero del Libro Primero; y IV.- Interrumpir la prescripción si no lo está por otros medios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.