Artículo 319 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 319 La reclamación de nulidad de la confesión por error o violencia, se tramitará incidentalmente por cuerda separada y se decidirá en la definitiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.