Artículo 102 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los funcionarios judiciales que por notoria torpeza ordenen la práctica de diligencias inútiles a juicio del superior, estarán obligados a pagar las costas y los gastos que por estas diligencias hayan sufragado las partes.
(REFORMADO, G.O. 31 DE MARZO DE 1988)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.