Artículo 291 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el testigo no sabe el idioma, rendirá su declaración por medio de intérprete nombrado por el juez. Si el testigo lo pidiere, además de asentarse su declaración en castellano, podrá escribirse en su propio idioma por él o por el intérprete.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.