Artículo 450 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Traducida la ejecutoria en la forma prevista por la ley, se presentará al juzgado competente para su ejecución, pero previamente, con audiencia del Ministerio Público, se examinará su autenticidad y si conforme a las leyes nacionales deba o no ser ejecutada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.