Artículo 451 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Ni el juez inferior ni el tribunal superior podrán examinar ni decidir sobre la justicia o injusticia del fallo, ni sobre los fundamentos de hecho o de derecho en que se apoye; limitándose a examinar su autenticidad y si debe o no ejecutarse conforme a las leyes del Estado.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, G.O. 31 DE JULIO DE 1997)
TITULO SEPTIMO BIS DEL JUICIO HIPOTECARIO (ADICIONADO, G.O. 31 DE JULIO DE 1997)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.