Artículo 853 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
853.- Se tramitarán en jurisdicción voluntaria:
I.- La solicitud que tenga por objeto la protocolización de instrumentos públicos procedentes del extranjero;
II.- Los demás actos que determinen las leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.