Artículo 27 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 27.- Para la validez de las actuaciones judiciales es necesario que éstas se practiquen en días y horas hábiles. Son horas hábiles las que median entre las siete y dieciocho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.