Artículo 494 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 494.- En la convocatoria para la venta judicial se atenderá a lo siguiente:
I.- Se anunciará su venta por tres veces, dentro de un término de treinta días, en el Periódico Oficial y en algún otro de mayor circulación en el lugar, a juicio del Juez;
II.- Se fijará además el anuncio en la tabla de avisos del juzgado;
III.- Se repetirá la publicación, en la forma ordenada, en los diversos lugares en que estuvieren situados los bienes, si aquéllos fueren varios, y IV.- A petición de las partes y a su costa, podrán utilizarse otros medios de publicidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.