Artículo 618 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 618.- Las acciones de posesión tienen por objeto decidir quién tiene mejor derecho de poseer y de ser mantenido o restituido en la posesión de un bien en forma definitiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.