Artículo 850 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los juzgados, bajo el cuidado y responsabilidad del juez habrá un registro en que se escribirá testimonio simple de todos los discernimientos que se hicieren de los cargos de tutor
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.