Artículo 119 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los exhortos que se reciban se proveerán dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su recepción, y se despacharán dentro de los seis días que sigan a éste; a no ser que las diligencias que hayan de practicarse exijan necesariamente mayor tiempo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.