Artículo 1316 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Lo dispuesto en el artículo anterior se observará cuando el albacea haga la partición en uso de sus facultades.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.