Artículo 1359 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La copia o testimonio de la partición deberá contener:
I.- El nombre y apellido de todos los herederos y legatarios;
II.- Los nombres, extensión y linderos de los predios adjudicados, expresándose la parte que cada heredero adjudicatario tenga obligación de devolver, si el precio del bien excede de su porción hereditaria, o lo que deba recibir si falta;
III.- La garantía especial que para la devolución del exceso constituya el heredero en el caso de la fracción que precede;
IV.- La enumeración de los muebles o cantidades repartidas;
V.- Noticia de la entrega de los títulos de las propiedades adjudicadas o repartidas;
VI.- Expresión de las cantidades que algún heredero quede reconociendo a otro, y de la garantía que se haya constituido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.