Artículo 1497 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Contra la sentencia que declare el estado de interdicción o que cesa éste, y contra la que niega esta segunda declaración pueden apelar las personas que menciona el artículo 1478 y, en su caso, la persona de cuya interdicción se trate.
CAPITULO XVIII Nombramiento de tutores y discernimiento del cargo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.