Artículo 1498 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Acreditado el nombramiento de tutor hecho por el que ejerce la patria potestad, en su disposición testamentaria, el Juez discernirá el cargo sin exigir fianza al nombrado, si se le hubiere dispensado de ella, a menos que, con posterioridad al nombramiento, haya sobrevenido causa ignorada por el testador que haga necesaria dicha fianza, a juicio del Juez y previa audiencia del curador.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.