Artículo 1556 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Concluido el término probatorio, el Juez citará para dentro de tres días a una audiencia, en la que los interesados podrán alegar sobre las pruebas rendidas, y decidirá dentro de los cinco días siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.