Artículo 211 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el incidente de recusación con causa son admisibles todos los medios de prueba establecidos por éste Código, y además la confesión del juez recusado y la de la parte contraria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.