Artículo 526 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La prueba que pretenda rendir quién se adhirió a la apelación la ofrecerá en el escrito de adhesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.