Artículo 527 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Juez mandará formar un expediente con el escrito en que se interponga la apelación y a él se unirán la contestación que la contraparte dé a los agravios y, en su caso, los escritos relativos a la adhesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.