Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 639 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El embargo sólo procede y subsiste en cuanto baste a cubrir el importe de la liquidación de la sentencia, o la suerte principal, reclamada en el juicio ejecutivo, incluyéndose los nuevos vencimientos y réditos hasta la conclusión del juicio o de la ejecución de la sentencia y las costas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 639 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

El embargo sólo procede y subsiste en cuanto baste a cubrir el importe de la liquidación de la sentencia, o la suerte principal, reclamada en el juicio ejecutivo, incluyéndose los nuevos vencimientos y réditos hasta la…

¿Está vigente el artículo 639?

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