Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 677 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La postura deberá pagarse íntegramente de contado, aunque exceda de la totalidad del adeudo por el que se remata, si existen además otros acreedores, según el certificado de gravámenes exigido por el artículo 661.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 677 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

La postura deberá pagarse íntegramente de contado, aunque exceda de la totalidad del adeudo por el que se remata, si existen además otros acreedores, según el certificado de gravámenes exigido por el artículo 661.

¿Está vigente el artículo 677?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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