Artículo 873 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si está pendiente algún interdicto, no puede ejercitarse la acción plenaria de posesión hasta que se decida y se ejecute la sentencia que termine ese interdicto.
CAPITULO II CUESTIONES RELATIVAS A PROPIEDAD Y A DERECHOSREALES Sección Primera.- División del bien común
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.