Artículo 10 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 10.- Son reales:
I.- Las que tienen por objeto la reclamación de un bien de la propiedad del demandante;
II.- Las que tienen por objeto la reclamación de una servidumbre, o la declaración de que un predio está libre de ella;
III.- Las que tienen por objeto la reclamación de los derechos de usufructo, uso y habitación;
IV.- Las hipotecarias;
V.- Las de prenda;
VI.- Las de herencia;
VII.- Las de posesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.