Artículo 1247 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1247.- El inventario y el avalúo no se suspenderán con motivo de las demandas que se deduzcan contra el acervo y de las que el albacea entable, en nombre de la sucesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.