Artículo 1334 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1334.- El Juez mandará poner los autos en la Secretaría del Juzgado por un término que no exeda de veinte días comunes, para que las partes se impongan de ellos, y hagan las observaciones que estimen convenientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.