Artículo 1354 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1354.- Si varios herederos pretenden un mismo bien de la herencia, se licitará entre ellos, y lo que se diere de más sobre el precio de avalúo, entrará en el fondo común.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.