Código Civil estatal

Artículo 251 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 251.- La Ley reconoce como medios de prueba:

I.- La confesión;

II.- La declaración de las partes;

III.- Los documentos públicos y privados;

IV.- El dictamen pericial;

V.- La inspección judicial;

VI.- Los testigos;

VII.- Las fotografías, copias fotostáticas, registros dactiloscópicos y, en general, todos aquellos elementos aportados por la ciencia;

VIII.- Las presunciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 251 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

La Ley reconoce como medios de prueba: I.- La confesión; II.- La declaración de las partes; III.- Los documentos públicos y privados; IV.- El dictamen pericial; V.- La inspección judicial; VI.- Los testigos; VII.- Las…

¿Está vigente el artículo 251?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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