Artículo 34 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 34.- El término de caducidad es de ciento ochenta días para el juicio en primera instancia; de noventa días para la apelación; de sesenta días para la queja; y de treinta días para los incidentes, se hubieren promovido éstos ante el Juez de Primera Instancia o ante el Tribunal Superior.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.