Artículo 409 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 409.- Las partes podrán presentar hasta tres testigos por cada hecho diverso uno de otro.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.